Policía Local > Tráfico > Sección de Atestados
En relación al servicio que se viene prestando en esta jefatura de Policía Local de remisión de informes de accidentes en los que ha habido intervención de agentes de esta Policía INFORMARLES:
Que, debido a la aplicación de las tasas fiscales según ordenanza, la Compañía de Seguros tiene que abonar al cantidad de 37,50€ por cada informe solicitado o 62,45€ por cada atestado, bien por giro postal dirigido a la Jefatura de Policía Local de la Bañeza en Plaza Reyes Católicos nº 18 de La Bañeza con C.P. 24750, haciendo constar en el texto de dicho giro el nº de las diligencias policiales y/o matricula de vehículo implicado, así como un teléfono de contacto en el remitente, o haciendo el pago en efectivo de dicha cantidad en la recepción del Ayuntamiento y entregando el justificante de pago en dependencias de la Policía Local.
En la opción de giro postal, el solicitante debe mandar un FAX al nº 987 65 67 72, junto con los datos del siniestro, el justificante de pago de la cantidad correspondiente para dicho informe o resguardo de giro.
Para más información llamar al número de teléfono de la Policía Local (987 65 65 51).
EN EL LUGAR DEL SINIESTRO
Se puede rellenar un parte amistoso cuando solamente hay daños materiales mínimos y existe un acuerdo sobre la forma en cómo ocurre el accidente, pero cuando no existe este acuerdo, los daños materiales son de consideración o hay daños personales, es necesario llamar a la Policía Local para que instruyan las diligencias necesarias. En caso de haber llamado al teléfono 112, éste servicio de emergencias se encarga de movilizar los medios sanitarios y los policiales. Si se tratase solamente de daños materiales de escasa cuantia y que no se vean implicados vehículos estacionados o daños al patrimonio, es recomendable siempre llegar a un acuerdo, pues de no ser así y reclamar la presencia de la Policia Local o Guardia Civil, además de cumplimentar un parte de accidente, se procederá a sancionar a la parte que haya infligido alguna norma de circulación y en consecuencia sea la causante del accidente.
Deberá tomar nota de todos los vehículos implicados, así como de los datos de sus conductores y compañías de seguros para poder con posterioridad dar parte a su propia compañía de seguros. Es importante que el parte amistoso sea firmado por ambas partes, dándole así validez probatoria al mismo.
En el caso de un atropello, Ud. deberá dirigirse personalmente o a través de un Abogado a la compañía de seguros del causante del daño para recabar información.
RECLAMACIÓN AL SEGURO
El perjudicado en un accidente de tráfico puede no estar de acuerdo con las indemnizaciones ofertadas por la compañía de seguros o con los tratamientos médicos que ésta le propone.
En caso de no llegar a un acuerdo, hay dos vías de reclamación
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Penal. Hay un plazo de seis meses para poner la denuncia desde la fecha del accidente. Esta denuncia se podrá hacer, en el Juzgado de Guardia.
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Civil. Hay un plazo de reclamación de un año desde que las secuelas son definitivas. La reclamación en vía civil deberá hacerse mediante abogado y procurador, ante los Juzgados de Primera Instancia.
Hay que ver cual de las dos vías es la más adecuada en cada caso.